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Ligroinas, !Qué pasión¡
El amigo Paolo Cremonesi tiene un reciente artículo sobre la ligroina, o mejor, la compleja familia de las ligroinas, esclareciendo en un campo bastante complejo como el de las fichas de seguridad y de las normativas sobre los etiquetados.
Estoy plenamente de acuerdo con él cuando afirma que en las fichas de seguridad hay imprecisiones que no nos esperamos de grandes empresas multinacionales, y contradicciones a veces incomprensibles. Después de diez años de actividad como responsable de la Oficina Técnica de CTS me he dado cuenta de que en muchos aspectos somos más cuidadosos y rigurosos nosotros que no los “grandes” de la química internacional. Un ejemplo que tenemos muy cerca, dado que CTS trata desde hace años la ligroina pura para análisis de Carlo Erba. Una elección dictada por la bajísima cantidad de benceno contenido (inferior al 0,1%), y por esto la ausencia de riesgos de cancerogenidad.
Esto es fácilmente confirmable yendo a verificar la primera versión de la ficha de seguridad (CH1397 del 18.3.2003), que no describe la frase de riesgo R45 “Puede provocar cáncer”. Después, con una sucesión de eventos descritos por Cremonesi, desde finales de 2006 Europa introduce nuevas reglas e Italia se adecúa, con el recibimiento de una nueva clasificación de productos químicos, que como algunos de vosotros sabéis ha llevado a una actualización de las fichas técnicas que deben responder a la normativa REACH (Registration, Evaluation and Authorisation of CHemicals).
En esta nueva clasificación las ligroinas son consideradas Cancerigenas de Categoría 2, sigla Carc.Cat.II (que indica por tanto, la sospecha de cancerogenidad), a la que se asocia la famosa frase R45. ¡Esto porque el término genérico ligroina incluye también fracciones del petróleo con altos contenidos de aromáticos e, implícitamente, de benceno!
Si sin embargo el contenido de benceno es inferior al 0,1% el riesgo no es significativo, y es necesaria la necesidad de la etiqueta con R45 y Carc.Cat.II.
Como todas las actualizaciones incluso el del REACH procede progresivamente, favoreciendo los productos de mayor importancia (por facturado), y dejando detrás los de menor interés. Este es el procedimiento seguido por las casas productoras, que se continúa como en cascada por todos los distribuidores. Quizás por esto las fichas de la ligroina, con los diferentes intervalos de ebullición, no han sido bien realizadas.
De hecho, hasta hace unos meses seleccionando la palabra “ligroina” aparecía en la página Web de Carlo Erba una sola ficha:
Esto era claramente una imprecisión, porque tal ficha se asociaba a 3 ligroinas con intervalos de ebullición diferentes. Así como se ha hecho notar por Cremonesi en el artículo, había una incongruencia entre la presencia de la sigla Carc.Cat.2, y la ausencia de la frase de riesgo a describir en la etiqueta R45. Las fichas Carlo Erba se han actualizado recientemente, y desde la página Web (última entrada 11/12/2009), podemos descargar las versiones denominadas:
Todas tienen CAS 64742-32-4
Estas fichas no solo no describen la frase R45, sino por los 100-140°C aparece incluso Carc Cat II. ¿Todo bien entonces? No, porque aparece una nueva frase “H350 - Puede provocar el cáncer y H304 - Puede ser letal en caso de ingestión y de penetración en las vías respiratorias.”, o bien, dos frases que nos llevan a las preocupaciones de partida.
Para la Ligroina 75-120 y para la 100-120 permanece en el punto 3 la frase Carc Cat.II que, hemos dicho, desaparece en el punto 3 de la Ligroina 100-140° C. Pero lo más grave para estas dos ligroinas se describe, siempre en el 3, también otros dos códigos, 3.6/1B, 3.10/1.
¿Qué significan? Es necesario hacer referencia a la normativa denominada GHS (Globally Harmonized Systems, https://unece.org/DAM/trans/danger/publi/ghs/ghs_rev04/Spanish/ST-SG-AC10-30-Rev4sp.pdf). En base a esta normativa se deduce que el producto es un presunto cancerigeno, por tanto más peligroso que un cancerígeno sospechoso (la escala es 1A, cancerígeno, 1B, presunto, 2, sospechoso) Nota: en la versión 15, Revisión: 21.10.2009, no aparecía H350, que ha sido añadido solo después.
Al punto 11 no se le hace mención, y se describe como “Irritante”, y lo mismo se dice en el punto 15, que sería “Informaciones sobre la reglamentación”. ¡Pero aquí la sorpresa! En el punto 16, hasta hoy zona destinada a indicaciones bibliográficas y otras cosas, Carlo Erba inserta una frase de riesgo como un R48/20 Nocivo: peligro de graves daños a la salud en caso de exposición prolongada por inhalación. Y es más preocupante R62 Posible riesgo de reducida fertilidad. Es casi como decir: la reglamentación te dice esto, pero yo añado también esto otro, aún peor, y siendo todavía más prudente te digo también que” La sociedad CARLO ERBA Reagenti S.p.A., no podrá ser considerada responsable por cualquier daño derivado del uso o del contacto con el producto de arriba” En el caso de que se te ocurra hacerme culpable.....
Pasemos ahora de la ligroina Carlo Erba, que entra entre los reagentes de laboratorio (puro para análisis), por el elevado coste, al producto puro, que tratamos con el nombre Ligroina 100-140° C, y que proponemos a un coste muy contenido (8 €/lt, aproximadamente la mitad que el del Carlo Erba). Incluso este no describe la frase R45, pero se indica como Carc.Cat. II, no obstante el contenido de benceno sea también en este caso inferior al 0,1%.
Llegados al término es importante evidenciar como, tanto por la normativa ya en vigor (REACH), como por aquella que quizás la estará (GHS), la clase de los hidrocarburos ligeros, a la que pertenecen también las ligroinas, es considerada Carc.Cat.II, con algunas precisiones no siempre aplicadas. Una vez más el caos normativo deja amplios márgenes a las empresas que se aprovechan de esta “zona gris” para distribuir productos no acompañados de un claro etiquetado o de correctas fichas de seguridad (¡cuando se distribuyen!), a veces además suprimiendo con desenvoltura las indicaciones más “fastidiosas”, como los famosos R45 o Carc.Cat.II.
CTS sigue una línea de transmisión integral de las fichas recibidas por los productores, incluso cuando estas describen detalles “incómodos”, y pueden por lo tanto suscitar temores relativos a nuestra salud. Lo que podemos afirmar es que la cosa para nosotros más relevante, para determinar el efectivo riesgo de cancerogenidad de la ligroina, es el reducido tanto por ciento de bencenos y aromáticos, que debe ser inferior al 0,1%, y que confirmamos para las ligroinas que nosotros comercializamos.
LIGROÍNA
Link: https://shop-espana.ctseurope.com/252-ligroina
Para saber más:
Cremonesi Paolo, “Parola d’ordine: ligroina! .... Vale ancora?” Progetto Restauro n°51 (2009) Cremonesi Paolo, “Parola d’ordine: ligroina!” Progetto Restauro n°24 (2002)